Sistemas de retención infantil: vida o muerte

Pocos aspectos resultan tan relevantes a lo largo de la vida de los progenitores como la seguridad de sus hijos. Seguridad en casa, seguridad en la calle, seguridad en el colegio, seguridad en los juegos… Buena parte de nuestros anhelos como padres se centran en proteger a los que más queremos: nuestros hijos. Y en ocasiones no prestamos el celo que deberíamos a un condicionante imprescindible, como es la seguridad en las desplazamientos en nuestros vehículos. Los sistemas de protección para los menores deberían constar como el primero de nuestros desvelos a la hora de coger el coche, tal y como tradicionalmente ocurre con el correcto estado de nuestro vehículo o nuestro adecuado estado de salud.

De hecho, en muchos casos los sistemas de retención infantiles no son los adecuados para las características de los menores, una circunstancia que provoca numerosas víctimas entre los más pequeños. Por ello, resulta imprescindible la concienciación y cumplimiento de la reglamentación vigente en este sentido. Precisamente en 2017 una de las principales novedades que se ha implantado es que los niñ@s que midan menos de 1,25 metros deberán utilizar un sistema de retención con respaldo. Hasta este año se podían emplear elevadores, aunque la Dirección General de Tráfico lleva recomendando desde hace años que los pequeños usen siempre elevador con respaldo, y que hasta los 1,50 metros utilicen sistema de retención infantil adecuado a su altura y peso.

Los siete aspectos principales que se deben tener en cuenta en relación a la normativa sobre sistemas de retención infantil son:

  • Los niñ@s que midan 1,35 metros o menos estarán obligados a viajar en la parte trasera del vehículo con sistema de retención infantil.
  • Los niñ@s que midan 1,25 metros o menos estarán obligados a viajar en elevador con respaldo.
  • Nunca se deberá  llevar al niñ@ en brazos, ni utilizar el mismo cinturón de seguridad que el adulto.
  •  Las multas por no llevar una silla adecuada o llevar al pequeño sin silla implicarán una pérdida de 3 puntos y una multa de 200 euros.
  • Los expertos en seguridad recomiendan el anclaje mediante el sistema Isofix.
  • Si el menor viaja en el asiento del copiloto por un motivo justificado hay que desactivar el airbag frontal y colocar la silla a contramarcha.
  • La Dirección General de Tráfico recomienda el uso de sistemas de retención hasta que el niñ@ mida 1,50 metros.

Así mismo, se debe tener en cuenta que, en todo caso, los menores de edad de estatura igual o inferior a 1,35 metros deberán utilizar sistemas de retención infantil. De igual manera, tendrán que situarse en los asientos traseros, aunque de forma excepcional podrán ocupar el asiento delantero, siempre y cuando utilicen sistemas de retención infantil homologados y adaptados a su talla y peso. Eso sí, en caso de que ocupen los asientos delanteros y el vehículo disponga de airbag frontal, únicamente podrán utilizar sistemas de retención orientados hacia atrás si el airbag ha sido desactivado.

Con todo, la concienciación ante el peligro que supone una incorrecta utilización de los sistemas de retención infantiles es el único método efectivo para que las desgracias se reduzcan. Porque en este caso, más que en ninguno, es mejor prevenir que curar.

Fotografía: compromiso.atresmedia.com

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